LEY N.º 30933 – LEY DE DESALOJO NOTARIAL
Los propietarios que suelen alquilar sus propiedades saben lo difícil y recurrente que puedan toparse con inquilinos morosos y que, a su vez, se niegan a abandonar el inmueble. Por la misma razón, en el año 2019 en el mes de Abril se promulga la Ley 30933, ley que regula el procedimiento especial de desalojo con la intervención notarial. Dicha norma busca acelerar el desalojo de inquilinos que no hayan incumplido en el pago del alquiler por un mínimo de dos meses o si se encuentra vencido el plazo de contrato de arrendamiento.
«Por ahorrar 200 soles aproximadamente las personas prefieren por tener contratos solo con firmas legalizadas y no vía escritura pública.»
Marco Villota, secretario del Colegio de Notarios de Lima a Gestión.pe.
Si bien este procedimiento tiene la denominación «notarial«, la intervención de este es solo para generar el acta de procedencia de desalojo, facilitando la revisión al Juez de Paz Letrado. Este es quién se encargará de emitir la orden de desocupación del inmueble. Por otro lado, el colegio de notarios reconoce que esta aplicación de ley es muy escaza y se debe a varios motivos. Entre ellos tenemos la falta de cultura sobre los beneficios de firmar un contrato en el marco de la ley 30933.
¿Qué debe contener el contrato para que se ampare de la ley 30933?
Para que este desalojo se lleve a cabo, la propiedad debe estar individualizado. Así mismo, el contrato de alquiler debe estar en el formulario único de arrendamiento de inmueble destinado para vivienda (FUA). Para que esta ley tenga efecto debe cumplir las siguientes condiciones en el contrato de alquiler.
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Cláusula de allanamiento a futuro
El contrato debe contener la cláusula de allanamiento a futuro para la restitución del bien inmueble, ya sea por vencimiento del contrato de alquiler o la resolución del arrendamiento por falta de pago.
Cláusula de sometimiento expreso ley Nº 30933
Esta cláusula menciona de manera concreta e indudable la decisión de ambas partes que, ante cualquiera de las causales del desalojo vistas en esta ley, se someterán a la competencia del notario para la confirmación de la causa y la ejecución del desalojo por parte del juez de paz letrado.
Consigna el número, tipo y moneda de la cuenta de abono
Debe estar de manera abierta en una entidad bancaria o en una cooperativa de ahorro y crédito supervisada por la SBS, esto para que el arrendatario abone el monto del alquiler establecido en el contrato de alquiler. Ante cualquier cambio, el arrendatario deberá expresarlo en una fecha abierta
Fuente:
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/ley-que-regula-el-procedimiento-especial-de-desalojo-con-int-ley-n-30933-1762977-1/?fbclid=IwAR0Rzd-ncskuh1quX-FB_V3vIVXRg5mSZ18seLPmsJ0Q6IADEi9r_6f2z6E
https://busquedas.elperuano.pe/download/url/ley-que-regula-el-procedimiento-especial-de-desalojo-con-int-ley-n-30933-1762977-1?fbclid=IwAR1QY7h-GRBpQ9e2Q9YPY3xZ8YdF3yJHbNwFCg3mmLo9VhherPVEnjAgqP4
https://gestion.pe/opinion/editorial/editorial-de-gestion-para-salir-del-atolladero-noticia/